Saltar al contenido

Cobrador de morosos: vamos en persona a reclamar tu deuda

Somos cobradores de deudas que se presentan: en el cobro presencial, un cobrador de morosos va a ver al deudor en 24/48 h, se identifica y le entrega la reclamación por escrito. Trabajamos para autónomos, pymes y particulares de toda España, con precio cerrado por contrato y siempre dentro de la ley.

  • Visita presencial en 24/48 h desde que firmas el encargo
  • Cobrador identificado y reclamación por escrito
  • Si no paga, vía judicial con un despacho colaborador

Qué hace un cobrador de morosos cuando va a ver al deudor

El cobrador de morosos va a ver al deudor, le dice quién es y a quién representa, le entrega por escrito lo que debe y le propone cómo pagarlo. Es una reclamación cara a cara, sin salirse de la ley.

  • Se identifica. Dice que viene de parte de su acreedor, que eres tú, y para qué viene.
  • Entrega la reclamación por escrito. Importe, concepto y documentos de la deuda: facturas, contrato o lo que tengas.
  • Escucha y negocia. Si el deudor quiere pagar, le propone hacerlo de una vez o en un acuerdo de pago a plazos, firmado.

Métodos propios probados, siempre dentro de la ley: sin disfraces, sin voces y sin contar la deuda a nadie más.

Cómo funcionan los cobradores de deudas: el cobro presencial paso a paso

El cobro presencial tiene tres momentos: lo que preparamos antes de la visita, lo que pasa el día que nos presentamos y lo que hacemos después, según responda el deudor.

  1. Preparamos la reclamación

    Con tus facturas, el contrato o los mensajes, dejamos por escrito lo que el cobrador va a entregar: cuánto debe, por qué y con qué documentos.

  2. Decidimos dónde encontrarle

    En su negocio, en su lugar de trabajo o en su domicilio, según el caso. Si no sabes dónde está o si tiene con qué pagar, un detective lo averigua antes.

  3. La visita, en 24/48 h

    El cobrador se identifica, le entrega la reclamación y negocia el pago: de una vez o con un acuerdo a plazos firmado.

  4. Te contamos qué ha pasado

    Después de la visita te decimos qué ha respondido el deudor y cuál es el siguiente paso.

  5. Si no hay pago

    Si no le encontramos o no quiere recibir la reclamación, le enviamos un requerimiento o un burofax para que conste. Si aun así no paga, el despacho colaborador lleva la deuda a la vía judicial.

Cobro presencial

Precio cerradolo sabes antes de aceptar

  • Contrato firmado antes de la visita
  • Requerimiento o burofax si no le encontramos
  • Factura de todo lo que pagas
Cuánto cuesta un cobrador de deudas

Condiciones revisadas el 29 de octubre de 2026

Qué no pueden hacer los cobradores de deudas

Un cobrador de deudas no puede amenazar, coaccionar ni acosar al deudor, ni contar su deuda a terceros. Lo primero puede ser delito y lo segundo vulnera la protección de datos.

Lo que sí puede hacer un cobrador de morosos: presentarse identificado, entregar la reclamación por escrito, llamar en horario razonable y negociar un acuerdo de pago.

Contenido informativo; verifica tu caso con un abogado.

Antes de la visita: localizamos al deudor si hace falta

Si no sabes dónde está el deudor o dudas de que tenga con qué pagar, un detective lo localiza y prepara un informe de solvencia antes de ir a verle. Así la visita llega a la dirección correcta y sabes si merece la pena seguir reclamando.

Es lo que hacemos en la localización de deudores e informe de solvencia, y se puede contratar junto con el cobro presencial.

¿Quieres que vayamos a cobrar?

Cuéntanos quién te debe, cuánto y desde cuándo. Te llamamos en menos de 24 h y te damos un precio cerrado antes de que decidas.

Te llamamos

Francisco Ramos, más de 15 años en gestión de cobros

Si el deudor no paga después de la visita

Si no hay pago ni acuerdo, la deuda pasa a la vía judicial con un despacho colaborador, y lo seguimos coordinando nosotros: no tienes que buscar abogado. Primero suele ir un procedimiento monitorio y, si hace falta, la ejecución y el embargo.

La reclamación por escrito de la visita no se pierde. Desde el 3 de abril de 2025, antes de demandar hay que acreditar que se intentó negociar (Ley Orgánica 1/2025), y una reclamación entregada y documentada ayuda a dejar constancia de ese intento.

Contenido informativo; verifica tu caso con un abogado.

Quién hace la visita

La visita la hace nuestro equipo de cobradores, y cada caso lo dirige Francisco Ramos, con más de 15 años en gestión de cobros.

Preguntas frecuentes sobre el cobrador de morosos

¿Es legal que un cobrador vaya a ver al deudor?

Sí. Reclamar una deuda en persona es legal si el cobrador se identifica, explica qué se reclama y no amenaza, coacciona ni acosa al deudor. Lo que no es legal es la presión: insistir hasta alterar gravemente su vida diaria, señalarle en público o contar la deuda a otras personas.

¿Cuánto cobra un cobrador de morosos?

El precio de la visita depende de tu caso, sobre todo de dónde está el deudor y de si hay que localizarle antes. Si no le encontramos o no quiere recibir la reclamación, el requerimiento o el burofax van dentro del mismo precio cerrado. Lo explicamos en cuánto cuesta contratar un cobrador de deudas.

¿Cómo se llaman los cobradores de deudas?

Se les llama cobradores de deudas, cobradores de morosos, gestores de cobro o agentes de recobro. Las empresas que hacen este trabajo son las empresas de recobro o de cobro de morosos.

¿A dónde va el cobrador: a casa del deudor o a su negocio?

Donde se le pueda encontrar: su negocio, su lugar de trabajo o su domicilio. Lo decidimos contigo según el caso. Si no sabemos dónde está, primero lo localiza un detective.

¿Qué pasa si el deudor no está o no quiere recibir la reclamación?

Le enviamos la reclamación por un medio que deje constancia de que la ha recibido, como un requerimiento o un burofax. Esa prueba sirve después si hay que ir al juzgado.

¿Y si el deudor dice que no puede pagarlo todo?

Se le propone un acuerdo de pago a plazos, por escrito y firmado por él. Ese documento es un reconocimiento de deuda: deja claro lo que debe y, además, interrumpe el plazo de prescripción (art. 1973 del Código Civil).

¿Qué papeles necesito para que vayáis a cobrar?

Lo que demuestre la deuda: facturas, contrato, albaranes, presupuestos aceptados, transferencias, correos o mensajes. Si no tienes nada firmado, cuéntanoslo igual: muchas deudas se pueden probar con otros documentos.

¿También vais a cobrar deudas entre particulares?

Sí. El cobro presencial sirve también cuando te debe dinero un familiar, un amigo o un conocido.

Pide un cobrador de morosos

Déjanos tu teléfono y te llamamos en menos de 24 h. Vemos tu caso, te damos un precio cerrado y, si aceptas, vamos a ver al deudor en 24/48 h. Si no te convence, no tienes que contratar nada.

Te llamamos

Respuesta en menos de 24 h. Sin compromiso.

Información básica sobre protección de datos
Responsable
Empresalia Solutions S.L.
Finalidad
Llamarte para atender tu consulta.
Legitimación
Tu consentimiento.
Destinatarios
Nadie, salvo obligación legal. Si tu caso pasa a la vía judicial, el despacho colaborador, solo con tu permiso.
Derechos
Acceso, rectificación, supresión y los demás que explica la política de privacidad.

cobrodemoroso.es

Web de Empresalia Solutions S.L. · NIF B90413089. Empresa de cobro de deudas; no es un despacho de abogados: la vía judicial la lleva un despacho colaborador.